Ximena MARTELL
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos de las Leyes de Ingresos de seis municipios de Tlaxcala al considerar inconstitucionales los cobros diferenciados por asignación de nomenclatura oficial.
La resolución exhibe fallas en la revisión realizada por el Congreso del Estado, pese a que la Comisión de Finanzas y Fiscalización de la LXV Legislatura, encabezada por Bladimir Zainos Flores, ha sostenido públicamente que las propuestas municipales son analizadas a detalle para evitar abusos o violaciones a derechos ciudadanos.
Los municipios involucrados son Acuamanala, Amaxac de Guerrero, Cuapiaxtla, Cuaxomulco, El Carmen Tequexquitla y Españita.
En estos ayuntamientos se aplicaban tarifas distintas dependiendo del uso del inmueble, cobrando cantidades mayores a comercios, industrias o fraccionamientos por un trámite administrativo relacionado con la asignación de número oficial.
Las cuotas iban desde los 117 pesos hasta más de mil 173 pesos. Uno de los casos más elevados fue el de Amaxac, donde una casa habitación pagaba poco más de 234 pesos, mientras que los fraccionamientos debían cubrir hasta 10 UMAs, equivalentes a más de mil pesos.
En otros municipios también existían diferencias marcadas entre predios habitacionales y comerciales, pese a tratarse del mismo procedimiento administrativo.
Al resolver el asunto, la Corte determinó que la asignación de nomenclatura oficial es un acto técnico y registral que no cambia por el tipo de uso que posteriormente tenga el inmueble.
Por ello, concluyó que establecer tarifas distintas vulnera los principios constitucionales de proporcionalidad y equidad tributaria previstos en el artículo 31 de la Constitución federal.
La SCJN invalidó específicamente los artículos correspondientes de las leyes de ingresos municipales aprobadas para el ejercicio fiscal, dejando sin efectos las disposiciones que permitían estos cobros diferenciados.
La resolución también representa un llamado de atención al Poder Legislativo local, que avaló las tarifas sin advertir su posible inconstitucionalidad.
El fallo abre nuevamente el debate sobre la supervisión que realiza el Congreso de Tlaxcala a las leyes municipales y sobre la necesidad de evitar que los ayuntamientos conviertan trámites administrativos básicos en mecanismos de recaudación excesiva para determinados sectores de la población y actividad económica.