Conflicto por el etiquetado Acuerdos comerciales vs. derecho a la salud

CIUDAD DE MÉXICO (proceso).- Ante las críticas del sector empresarial mexicano, en el sentido de que el nuevo etiquetado aprobado para alimentos y bebidas violará acuerdos comerciales internacionales, Alejandro Calvillo, director de la asociación civil El Poder del Consumidor, responde que las políticas de salud tienen “prioridad” frente a los derechos comerciales.

Calvillo defiende el etiquetado aprobado recientemente por las autoridades sanitarias, el cual –dice– permite “a los consumidores identificar cuando un producto contiene en exceso los ingredientes críticos relacionados a la epidemia de obesidad y diabetes que vivimos (azúcares, grasas saturadas, sodio y calorías) y de aquellos ingredientes que la Secretaría de Salud determine que son un riesgo para la salud”.

Y aclara: “No se trata de un etiquetado informativo, como pretende imponer la industria para incorporar datos que no son comprensibles; es un etiquetado cuya finalidad es advertir”.

En su análisis Proceso de modificación de la NOM 051 de etiquetado de alimentos y bebidas, Calvillo agrega:

“La industria utiliza dos argumentos para asegurar que el etiquetado frontal aprobado violará acuerdos comerciales y vamos a enfrentar disputas internacionales. Estos ‘argumentos’ son: ‘Los criterios de la norma para establecer los sellos de advertencia no tienen evidencia científica’ y ‘se violan derechos de propiedad intelectual y marca al prohibir el uso de personajes dirigidos a niños en los empaques de los productos’.”

Indica que estos mismos argumentos ya fueron esgrimidos por los industriales de alimentos y bebidas en otros países, “pero en ningún caso prosperaron, debido al reconocimiento que existe en los acuerdos comerciales a la prioridad que tienen las políticas de salud frente a los derechos comerciales. En el caso de Chile, donde se incluye una prohibición al uso de personajes registrados por las marcas y que están dirigidos a los niños, tampoco prosperaron los casos, al prevalecer el derecho a las políticas de salud”.

Señala que, por ley, la Norma Oficial Mexicana en materia de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas (NOM 051) debe revisarse cada cinco años.