IAIP emite amonestación pública al Ayuntamiento de Chiautempan

El Ayuntamiento de Chiautempan fue amonestado públicamente por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (IAIP), debido a que no proporcionó información requerida a través de una solicitud presentada por un ciudadano.

Se trata del responsable de la Unidad de Transparencia e Información de Chiautempan quien fue amonestado por el órgano garante, luego de que se llevara a cabo el análisis correspondiente al recurso de revisión 01/2019.

La solicitud promovida por un ciudadano requirió conocer el inventario de bienes inmuebles en posesión y propiedad de esa comuna, específicamente el que alberga actualmente a las instalaciones del DIF municipal.

De acuerdo con el documento, se pidió conocer si es que el inmueble forma parte del inventario de propiedades del Ayuntamiento o bien, informar quién es el propietario de esas instalaciones.

Sin embargo, la misma Unidad de Transparencia e Información del municipio argumentó que no se ubicó constancia o dato que justifique la propiedad de ese inmueble a favor del gobierno de Chiautempan. A la vez, justificó que no se localizó información alguna relativa al propietario del inmueble en cuestión, ni contrato que justifique su uso.

Derivado de lo anterior, el IAIP Tlaxcala realizó el estudio correspondiente en donde acreditó que la respuesta no cumplía con lo dispuesto en los artículos 40 fracción III, 130 fracción II y III, y 131 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tlaxcala.

Y es que, según lo resuelto por el órgano garante, el Ayuntamiento de Chiautempan no demostró que haya agotado el procedimiento para declarar la inexistencia de la información ni la imposibilidad para generarla.

En un primer dictamen, el IAIP determinó que el sujeto obligado debió entregar la información al solicitante en un periodo de cinco días hábiles, de lo contrario se emitiría el acuerdo de incumplimiento y la imposición de una amonestación pública.

En ese sentido, en una segunda respuesta el municipio confirmó la inexistencia de la información solicitada, así como la imposibilidad para generarla, lo que motivó un nuevo estudio del caso por parte del órgano garante.

Si bien el municipio de Chiautempan presentó sus argumentos, el IAIP encontró que el sujeto obligado no acreditó que se encuentra imposibilitado para generar la información requerida.

Lo anterior, debido a que el municipio a través de la Secretaría del Ayuntamiento y la Sindicatura no actualizaron el inventario general de bienes inmuebles que, con base en lo que establece el artículo 82 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, se debe renovar semestralmente.

“Es de concluirse que la Secretaría del Ayuntamiento y su síndico municipal en términos del artículo 82 antes citado se encontraban obligados a actualizar el inventario de bienes inmuebles de dicho ayuntamiento a partir del primer semestre de que inició su administración”, resolvió el IAIP.

Por ello, el órgano garante concluyó que se hace efectivo el apercibimiento realizado en el recurso de revisión 01/2019 en contra del responsable de la Unidad de Transparencia e información del ayuntamiento de Chiautempan, a través de una amonestación pública.