¿Realmente se quieren frenar candidaturas de agresores sexuales?

La diputada Lorena Villavicencio busca añadir un inciso extra al artículo 73 constitucional

El día de hoy, miércoles tres de julio, la diputada Lorena Villavicencio empujó desde Morena una propuesta para añadir un inciso extra al artículo 73 constitucional.

A partir del artículo 20, que declara a todo proceso penal como acusatorio y oral, se considera a los delitos sexuales (que incluyen violación, estupro, abuso sexual y corrupción de menores) como delitos penales. Es decir, al agregar un inciso al artículo 73 que regirá el orden federal y el fuero común, se busca que el delito sexual sea un delito penal a nivel nacional.

¿Qué tiene esto que ver con las candidaturas de agresores sexuales?

Al considerar al delito sexual un delito penal, cualquier agresor no podría acceder a una candidatura en el gobierno. Sin embargo, la reforma no se enfoca en truncar las posibles carreras de los agresores, sino a, por fin, considerar el delito sexual con la seriedad que se merece.

Mientras que el día de hoy se discutieron temas como “permitirle a los funcionarios tomarse una o dos chelitas en pleno horario laboral“, también se trató de homogeneizar el castigo que recibirán los agresores de mujeres a nivel nacional.

Según el Heraldo de México, la legisladora sostuvo que buscan “tener un padrón de agresores para que no puedan participar”.

En la exposición de motivos, la diputada Villavicencio declaró que el 93% de los delitos que se procesan en México, cuando el Ministerio Público logra vincular el proceso a un probable responsable, provienen de la flagrancia. Esto quiere decir que el delito deberá de ser ejecutado en ese mismo instante, por lo que la ventana de oportunidad es muy chica.

Ante este problema, la reforma al artículo 73 propone evitar que la justicia se logre únicamente en pocas ocasiones. Su reforma, aunque pequeña, lograría que el delito sexual, por fin, se considere delito penal.